DESIGNACIONES DOCENTES EN EL PROGRAMA LA UNLPam EN TERRITORIO
El martes 18 se reunió la mesa paritaria del orden local. Por ADU La Pampa concurrieron los paritarixs Santiago Audisio, Rocío Sánchez y Alejandro Massolo asistidos por el Asesor Legal de ADU Abg Carlos Fernandez Articó; y, por la UNLPam Sebastián País Rojo y Victoria Aguirre.
Entre los temas abordados los paritarios de ADU consultamos por el Programa “La UNPam en el Territorio” en general y el punto 5 (Financiamiento) de la Resolución Nº 365/19 en particular. Luego de la información que brindaron los paritarios de la UNLPam, desde ADU dejamos expresa constancia del rechazo a las condiciones expresadas en la Resolución sobre la designación de Jefes de Trabajos Prácticos con dedicación simple. Los argumentos que ofrecimos se centraron en el cuestionamiento de dicha designación porque es semestral e implica que quien acceda a ese cargo no podrá aspirar a la justa regularización de su cargo, tal como lo establece el acuerdo paritario local, es decir que el docente interino que posea 2 a 4 años de antigüedad continua deberá regularizar el cargo (art 73º CCTD).
Por esta razón, consideramos que los docentes que se incorporen al programa bajo esta modalidad de designación se encontrarán en condiciones de inequidad respecto del resto de las designaciones interinas, las que dan acceso a la estabilidad laboral que otorga el concurso.
Por otra parte, la Resolución Nº 365/19 establece la designación de un JTP cada 40 estudiantes, y en el supuesto de 200 o 300 inscriptos para un primer año, por ejemplo, los docentes de las distintas cátedras verán sobrecargadas sus tareas al término de los seis meses cuando quienes finalizaron sus cursadas se presenten a rendir exámenes finales, pidan horarios de consulta, etc. Esta sobrecarga laboral podrá terminar perjudicando los compromisos asumidos por lxs docentes regulares e interinos a cargo de las materias.
Advertimos, además, que las designaciones semestrales puedan tornarse -indebidamente- en rutinarias para designar docentes bajo esa modalidad. Por último, expresamos que este modo de designación constituye un avance en la precarización y en la flexibilización laboral que, en el ámbito de las UUNN se convierte en un grave ejemplo.
Por las razones expuestas instamos al Señor Rector y a lxs Consejerxs Superiores que revean esta modalidad de designación y coloquen en condiciones de igualdad a esos cargos de JTPs simple con el resto de los interinos para que puedan acceder al concurso.